PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LEGAR EN FAVOR DE MEDICOS SIN FRONTERAS
Estas son algunas de las preguntas más frecuentes relativas a hacer el testamento en favor de MEDICOS SIN FRONTERAS.
1 ¿Qué ocurre si no hago testamento?
2 ¿ Existen beneficios fiscales para incluir a MSF en el testamento ?
Médicos Sin Fronteras es una persona jurídica, y como tal no está sujeta al impuesto de sucesiones. Asimismo, y dado que somos una organización no lucrativa declarada de utilidad pública, los ingresos que recibimos por herencias y legados están exentos en el impuesto de sociedades.
Esto significa que el legado o la parte de herencia que otorgues a Médicos Sin Fronteras no se verá nunca mermada por estos impuestos.
3 ¿ Ya tengo hecho mi testamento . Debo rehacerlo para incluir a MÉDICOS SIN FRONTERAS?
4 ¿ Qué porcentaje de tu herencia destinará MSF en costes administrativos ?
https://www.msf.es/memoria/2012/index.php
5 ¿ Cómo conocerá Médicos Sin Fronteras que has testado a su favor ?
Cuando hagas el testamento te preguntaremos si deseas comunicar Médicos Sin Fronteras que has legado a su favor. Está opción es totalmente voluntaria.
Siempre es recomendable que la organización tenga conocimiento de tu decisión para hacer cumplir con tu voluntad cuando sea necesario, pero especialmente es para que seas partícipe del gran impacto que tendrá esta decisión en la continuidad de su trabajo y sobre todo en la vida de miles de personas que serán atendidas gracias a tu apoyo.
Médicos Sin Fronteras utilizará tus datos con total discreción respetando siempre la confidencialidad si así lo deseas.
Por otra parte, debes saber que el notario que haya autorizado el testamento está obligado , si es conocedor del fallecimiento del testador, a notificar su nombramiento a las entidades no lucrativas que aparezcan en el mismo.
Si en el testamento se ha designado albacea, éste debe notificar su nombramiento a todos los beneficiarios del testamento ya que está obligado a hacer cumplir la voluntad del causante .
Si no hay albacea, los herederos deben ponerse de acuerdo, porque en la partición de la herencia todos los beneficiarios incluidos en el testamento deben estar presentes, ya que en caso contrario , no se podría hacer esta partición .
6 ¿ Qué tipo de bienes puedo dejar a Médicos Sin Fronteras?
En general puedes dejar a Médicos Sin Fronteras cualquier tipo de bien. Así proceden en la organización con cada uno de ellos:
Sin son bienes inmuebles: (Pisos, locales, chalets, fincas rústicas, etc.).Serán tasados por profesionales (arquitectos, arquitectos técnicos o ingenieros) pertenecientes a una entidad, que no se encarga de su venta. Posteriormente son vendidos, conforme al precio en que han sido tasados.
Otro tipo de bienes: Los bienes con valor sentimental (fotos, recuerdos, etc.) se ofrecerán gratuitamente a los familiares y a las personas que hayan cuidado del fallecido. Los bienes de escaso valor (enseres domésticos, por ejemplo) se donarán a una asociación benéfica de ámbito nacional para que les de la salida que estime pertinente (uso en oficinas o venta con la que financiarán sus proyectos), con el compromiso de que esta entidad retirará todos los muebles existentes en el inmueble donde se hallen para poder dejarlo vacío y listo para su venta.
Los bienes valiosos ( joyas, cuadros, muebles, etc.) que así sean catalogados son entregados a entidades oficiales de reconocido prestigio para su custodia, valoración y venta.
El metálico (cuentas corrientes, efectivo metálico, etc.), una vez adjudicados a Médicos Sin Fronteras, se ingresarán en la tesorería de la organización para financiar directamente los proyectos de atención humanitaria.
Las inversiones financieras (acciones, fondos de inversión, etc.) se pondrán a la venta y percepción en el momento que sea más oportuno para obtener el mayor beneficio, y el importe obtenido se ingresará en la
Tesorería de Médicos Sin Fronteras para destinarlos igualmente a financiar directamente los proyectos de atención humanitaria.