PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LEGAR EN FAVOR DE LA FUNDACIÓN VICENTE FERRER

Estas son algunas de las preguntas más frecuentes relativas a hacer el testamento en favor de LA FUNDACIÓN VICENTE FERRER.

1 a) ¿Existen beneficios fiscales por incluir a la Fundación Vicente Ferrer en el testamento?

La parte de la herencia que otorgues a la Fundación Vicente Ferrer no se verá mermada por impuestos ya que, al ser una persona jurídica, no está sujeto al impuesto de sucesiones. Asimismo, los ingresos derivados de herencias y legados están exentos en el impuesto de sociedades por ser organización no lucrativa declarada de utilidad pública.

2 b) Ya tengo hecho mi testamento. ¿Debo rehacerlo para incluir a la Fundación Vicente Ferrer?

No es necesario, puedes modificar el que tienes. Puedes contactar con Testamenta y si además ya eres cliente de Testamenta a través de su servicio Testamenta modifica gozarás de un precio especial.

3 c) ¿Qué porcentaje de tu herencia destinará la Fundación Vicente Ferrer en costes administrativos?

La Fundación Vicente Ferrer destina 7 céntimos de cada euro recibido a gastos administrativos, necesarios para llevar a cabo los proyectos de cooperación en la India.

4 d) ¿Cómo conocerá la Fundación Vicente Ferrer que has testado a su favor?

Cuando hagas el testamento en línea con Testamenta te preguntaremos si deseas comunicar a la Fundación Vicente Ferrer que has legado a su favor. Esta opción es totalmente voluntaria y la Fundación Vicente Ferrer utilizará tus datos sólo para enviarte información puntual.
Por otra parte, debes saber que el notario que haya autorizado el testamento está obligado, en el momento que llegue a su conocimiento el fallecimiento del testador, a notificar su nombramiento a las entidades no lucrativas que aparezcan en el mismo.
Si en el testamento se ha designado albacea, éste debe notificar su nombramiento a todos los beneficiarios del testamento ya que está obligado a hacer cumplir la voluntad del causante.
Si no hay albacea, los herederos deben ponerse de acuerdo, porque en la partición de la herencia todos los beneficiarios incluidos en el testamento deben estar presentes, ya que en caso contrario, no se podría hacer esta partición.

5 e) ¿Qué tipo de bienes puedo dejar a la Fundación Vicente Ferrer?

Una cantidad concreta de dinero, acciones, un porcentaje sobre el valor total del patrimonio, una propiedad inmobiliaria, obras de arte, antigüedades, joyas, un derecho de usufructo, etc. Si no se trata de dinero en efectivo, la Fundación buscará un comprador y destinará los recursos obtenidos de la venta a uno de los proyectos en curso.