PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LEGAR EN FAVOR DE FUNDACIÓN CRIS

Estas son algunas de las preguntas más frecuentes relativas a hacer el testamento en favor de FUNDACIÓN CRIS.

1 ¿ Existen beneficios fiscales por incluir a FUNDACIÓN CRIS en el testamento?

La parte de la herencia que otorgues a Fundación Cris Contra el Cáncer no se verá mermada por impuestos ya que, al no ser una persona física, no está sujeta al impuesto de sucesiones. Asimismo, los ingresos derivados de herencias y legados están exentos en el impuesto de sociedades por ser una organización no lucrativa.

2 ¿ Ya tengo hecho mi testamento. Debo rehacerlo para incluir a FUNDACIÓN CRIS?

Es muy sencillo modificar tu testamento, sólo tienes que hacer uno nuevo. Puedes modificar tu testamento tantas veces como quieras siendo válido sólo el último testamento realizado. Puedes contactar con Testamenta para que realicemos una modificación, además si ya eres cliente de Testamenta a través de nuestro servicio Testamenta modifica gozarás de un precio especial.

3 ¿ Qué porcentaje de tu herencia destinará FUNDACIÓN CRIS en costes administrativos?

El importe del Legado o Herencia irá destinado a proyectos de investigación de cáncer ya que los gastos administrativos que lleva están cubiertos por los costes administrativos de la Fundación CRIS contra el cáncer en su gestión diaria, que no superan el 5% de los ingresos recibidos

4 ¿ Cómo conocerá FUNDACIÓN CRIS que has testado a su favor ?

Cuando hagas el testamento online con Testamenta te preguntaremos si deseas comunicar a Fundación Cris Contra el Cáncer que has legado en su favor. Esta opción es totalmente voluntaria y Fundación Cris Contra el Cáncer utilizará tus datos sólo para enviarte información puntual.
Por otro lado, debes saber que el notario que haya autorizado el testamento está obligado en el momento que llegue a su conocimiento el fallecimiento del testador, a notificar su nombramiento a las entidades no lucrativas que aparezcan en el mismo.
Si en el testamento se ha designado albacea, éste debe notificar su nombramiento a todos los beneficiarios del testamento ya que está obligado a hacer cumplir la voluntad del causante.

Si no hay albacea, los herederos deben ponerse de acuerdo, porque en la partición de la herencia todos los beneficiarios incluidos en el testamento deben estar presentes, de lo contrario, no se podría hacer dicha partición.

5 ¿ Qué tipo de bienes puedo dejar a FUNDACIÓN CRIS?

Puede ser una cantidad fija o cualquier bien susceptible de poderlo convertir en financiación de nuestros proyectos de investigación en la lucha contra el cáncer. Puede ser un porcentaje sobre el valor total del patrimonio, una propiedad inmobiliaria o bienes inmuebles (obras de arte, antigüedades, joyas…).