PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LEGAR EN FAVOR DE EDUCO
Estas son algunas de las preguntas más frecuentes relativas a hacer el testamento en favor de EDUCO.
1 ¿Qué ocurre si no hago testamento?
2 ¿Existen beneficios fiscales por incluir a Educo en el testamento?
3 Ya tengo hecho mi testamento. ¿Tengo que rehacerlo para incluir a Educo?
4 ¿Qué porcentaje de tu herencia destinará Educo a costes administrativos?
En Educo somos conscientes de que gestionamos unos recursos que nos han sido confiados por nuestros colaboradores, y esta confianza nos exige ser transparentes y rigurosos en lo que hacemos y cómo lo hacemos. Puedes consultar nuestra memoria y las cuentas del último ejercicio cerrado en nuestra web www.educo.org.
5 ¿Cómo va a conocer Educo que has testado a su favor?
Sin perjuicio de lo anterior, el notario que haya autorizado el testamento tiene la obligación de ponerlo en conocimiento del Registro General de Actos de Última Voluntad y en el momento en que llegue a su conocimiento el fallecimiento del testador, debe notificar su nombramiento a las entidades no lucrativas que aparezcan en el testimonio.
6 ¿Qué tipo de bienes puedo dejar a Educo?
Pueden dejarse cualquier tipo de bienes o derechos de contenido patrimonial tales como dinero, joyas, bienes inmuebles, títulos valores como acciones, obligaciones, etc. y depósitos bancarios o cualquier otro tipo de productos financieros.