PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LEGAR EN FAVOR DE UNHCR ACNUR
Estas son algunas de las preguntas más frecuentes relativas a hacer el testamento en favor de UNHCR ACNUR.
1 ¿Qué ocurre si no hago testamento?
2 ¿Existen beneficios fiscales por incluir a ACNUR en el testamento?
3 ¿Ya tengo hecho mi testamento. ¿Tengo que rehacerlo para incluir a ACNUR?
4 ¿Qué porcentaje de tu herencia destinará a ACNUR a costes administrativos?
5 ¿Cómo va a conocer ACNUR que has testado a su favor?
Cuando hagas tu testamento, puedes comunicar al Comité español de ACNUR que has legado a favor de los refugiados. Esta opción es totalmente voluntaria y tus datos se utilizarán sólo para mantenerte informado. Por otra parte, debes saber que el notario que haya autorizado el testamento está obligado, en el momento que llegue a su conocimiento el fallecimiento del testador, a notificar su nombramiento a las entidades no lucrativas que aparezcan en el mismo.
Si en el testamento se ha designado albacea, éste debe notificar su nombramiento a todos los beneficiarios del testamento ya que está obligado a hacer cumplir la voluntad del causante.
Si no hay albacea, los herederos deben ponerse de acuerdo, porque en la partición de la herencia todos los beneficiarios incluidos en el testamento deben estar presentes, ya que en caso contrario, no se podría hacer esta partición.
6 ¿Qué tipo de bienes puedo dejar a ACNUR?
Dinero en efectivo: puede ser una cantidad fija en metálico o bien un porcentaje o remanente, una vez que se han descontado los gastos, deudas y donaciones específicas sobre el valor total del patrimonio sobre una o varias cuentas. Ésta última es una forma flexible de hacer la asignación ya que el valor de la misma cambia automáticamente con el volumen del patrimonio, adaptándose a sus circunstancias personales.
Valores financieros: acciones, obligaciones, seguros de vida, fondos de inversión, donaciones de rentas vitalicias, intereses residuales etc.
Bienes inmuebles: pisos, casas, terrenos, etc.
Otros bienes: joyas, mobiliarios y bienes raíces, obras de arte, etc.
Si quieres dejar cualquier otro tipo de bienes o valores financieros no dudes en comentarlo con el abogado que te ha asignado Testamenta para que te informe si es posible.